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Anulan Junta de Herederos, por no citar a juicio a varios el Juzgado Familiar de Altamira

*María Eugenia Calatrava Ramírez, acudió el 28 de junio del 2016 ante el Poder Judicial Federal en Tampico, para presentar demanda en contra del Juzgado Segundo Familiar de Altamira

POR DAVID ZARATE CRUZ

El Poder Judicial Federal anulo una Junta de Herederos del 11 de Marzo del 2016, donde se adjudicó un bien inmueble en Ciudad Madero, debido a que el Juzgado Segundo Familiar de Altamira, no cito a juicio a varios herederos, con lo cual violo las garantías constitucionales de audiencia y seguridad jurídica, ante lo cual se otorgó el amparo, para que se señale nueva fecha y se cite a todos los que tengan derecho a la sucesión.

El Juez Salvador Tercero Jiménez Martínez, del Juzgado de Distrito del Centro Auxiliar de la Sexta Región, con sede en Chihuahua, Chihuahua, determino que, la Juez responsable incumplió con los requisitos para integrar la válida relación procesal y ante ello se han vulnerado las garantías de audiencia y seguridad jurídica, por ende, es claro que los no citados han quedado en estado de indefensión, al no respetársele el derecho fundamental de audiencia para ser oídos en sus derechos dentro de la sucesión,

María Eugenia Calatrava Ramírez, acudió el 28 de junio del 2016 ante el Poder Judicial Federal en Tampico, para presentar demanda en contra del Juzgado Segundo Familiar de Altamira, por la falta de emplazamiento a juicio, iniciándose el juicio de amparo 1023/2016; por acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal el expediente fue enviado al Centro Auxiliar de la Sexta Región, con sede en Chihuahua, Chihuahua.

El Juez señalo que,  de la lectura del testamento específicamente, de la cláusula segunda, si bien se desprende que el de cujus instituyó como sus herederos sustitutos en caso de fallecimiento de su esposa y a sus hijos, en forma mancomunada, pro indiviso y en partes iguales, éstas tienen el carácter de descendientes; de lo que se colige que la Juez omitió llamarlas al juicio de origen, específicamente, a la junta de herederos que se celebró el 11 de marzo de 2016, en el juicio sucesorio testamentario 362/2015.

El Juzgado emite la sentencia otorgado el amparo, para que, se deje insubsistente la junta de herederos que se celebró el once de marzo de dos mil dieciséis, en el juicio sucesorio testamentario 362/2015,  se señale nueva fecha y hora para su celebración, y cite a todos los herederos a su verificativo; regresando el expediente al Juzgado Décimo de Distrito en Tampico.