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Impugnación vs credibilidad ciudadana

Gaceta.

Por: Raúl Terrazas Barraza

Impugnación vs credibilidad ciudadana

En realidad, los medios de impugnación previstos en la Legislación Electoral de Tamaulipas, son un recurso valido para disentir sobre los resultados, sin embargo, el trabajo realizado por las autoridades electorales sobre el conteo de los votos tiene un alto grado de certeza.

Por tanto, pude decirse sin temor a equivocaciones que el no estar de acuerdo está muy lejos de impactar en el resultado de las votaciones dado a conocer por los Consejos Distritales y Municipales del IETAM, sobre todo al tomarse en cuenta que desde el Consejo General solo hubo una instrucción contar y contar bien los votos para que no haya dudas sobre las elecciones.

El presidente del Consejo General, licenciado Juan José Ramos Charre, cree que en el tiempo estipulado para resolver las impugnaciones será suficiente para despejar dudas sobre los resultados, ya que, en los 16 casos relativos a medios de impugnación, el denominador común son los números finales que fueron validados por los Consejos Distritales y Municipales.

En el Capítulo I relativo a las disposiciones generales, la Ley de Medios de Impugnación Electorales de Tamaulipas, precisa en el Artículo ocho, que en ningún casi la interposición de los medios de impugnaciones establecidos en la Ley producirá efectos suspensivos sobre el acto o la resolución impugnados y en materia de plazos y términos señalados en el Capítulo II, el Artículo nueve deja bien claro que durante los procesos electorales todos los días y horas son hábiles.

En base a ello, es que, el Artículo 12 establece el asunto de los cuatro días de plazo para la presentación de los medios de impugnación, en el entendido de que, deberán de darse contados a partir del día siguiente a aquel que se tuvo conocimiento o se hubiese notificado el acto, omisión o resolución impugnada.

Nuevo Laredo es el mejor ejemplo de ello, porque el cómputo de la elección municipal concluyó el día nueve de junio, por tanto, en caso de que haya impugnaciones tienen hasta este jueves para presentarlas ante las autoridades y a ello se debe que los medios de impugnación del Distrito 2 local, de Nuevo Laredo y las de Ayuntamientos de Matamoros y Reynosa, son las tres que se presentaron este miércoles ya que los cómputos terminaron el día ocho de junio.

Los resultados electorales de Palmillas, Llera, Miquihuana y Gómez Farías, fueron los impugnados antes del día 10, en tanto que, el Distrito tres de Nuevo Laredo y los resultados de Altamira, Ciudad Madero, Ocampo, Tampico, Méndez, Padilla y San Fernando, tuvieron impugnaciones el día 11.

Quienes impugnaron tienen que sujetarse al Capítulo de Pruebas de la Ley que es el VII y su Artículo 18 señala cuales son las pruebas que pueden ser ofrecidas y admitidas, entre las que se encuentran documentales públicas y privadas, técnicas, presuncionales legales y humanas e instrumental de actuaciones, en tanto que, el Artículo 24 considera que son objeto de prueba los hechos controversiales, No lo será el derecho, los hechos notorios o imposibles, ni aquellos que hayan sido reconocidos.

Luego, el Artículo 25 sentencia que, el que afirma está obligado a probar. También lo está el que niega, cuando su negación envuelve la afirmación expresa de un hecho, así que, de acuerdo con el Artículo 26, los medios de prueba serán valorados atendiendo las reglas de la lógica, de la sana crítica y de la experiencia.

Respecto al trámite, queda claro que no será aplicado el artículo cesto, porque el Artículo 31 de la Ley de Medios de Impugnaciones Electorales de Tamaulipas, precisa que el órgano electoral o partidista que reciba un medio de impugnación en contra de sus propios actos o resoluciones lo hará del conocimiento público mediante una cédula que fijará en los estrados, a más tardar, el día siguiente de su recepción.

Dentro de las 72 horas siguientes a la fijación, los terceros interesados podrán presentar los escritos que consideren pertinentes y que se sujetarán a siete numerales contenidos en el Artículo 32 y en el 33 se señala que cuándo algún órgano del Instituto reciba un medio de impugnación por el cual se pretenda combatir un acto o resolución que no le es propio, lo remitirá de inmediato, sin trámite adicional, al órgano competente para su tramitación.

Pareciera que el camino para la resolución de las impugnaciones consideradas en la Ley de esta materia, es complicado y que los tiempos serán largos, sin embargo, quienes impugnan tienen que presentar pruebas y al no haberlas en el plazo previsto, la impugnación podría desecharse.

Pero, el asunto es que, el proceso electoral local de Tamaulipas está en el momento dorado de las impugnaciones, aunque 16, dos de 22 diputaciones y 14 de 43 alcaldías, la realidad es que no son nada y menos si se toma en cuenta que provienen de quienes perdieron de acuerdo con los resultados de los Consejos Distritales y Municipales, así, que, cualquier tipo de modificación de los resultados por los medios de impugnación se antoja difícil.

Incluso, desde la perspectiva social y ciudadana, los medios de impugnación están de más, porque ya cada quien tiene una idea bien clara del comportamiento electoral en sus comunidades o ciudades y en virtud de que el conteo de votos y el recuento fue hecho por ciudadanos y funcionarias y funcionarios de los Consejos Electoral, la credibilidad de los resultados es mayúscula.

Los otros

Alrededor de 50 mil familias de 17 municipios de Tamaulipas se beneficiarán con el Tianguis del Bienestar para Devolverle al Pueblo lo Robado, estrategia que fue puesta en marcha por el Gobernador de la entidad, Doctor Américo Villarreal Anaya y la presidenta del DIF, Doctora María de Villarreal y cuyo evento fue en Güémez, Tamaulipas, en la Casa Club para el Adulto Activo de ese municipio cuyo alcalde es el profesor Lorenzo Morales Amaro.

Fueron entregados apoyos y artículos a quienes acudieron al Tianguis, que, dicho sea de paso, es el resultado de la gestión realizada por la Presidenta del DIF ante el Gobierno de México y que, por primera vez se presenta en un Estado del Norte del país.

Se trata de llevar beneficios a los habitantes de los 17 municipios mediante el modelo humanista y porque permite convertir la oportunidad en beneficio de la población, por ello la gratitud de la Doctora María de Villarreal al presidente Don Andrés López Obrador y a la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, Rosa Icela Rodríguez.

El Tianguis del Bienestar estará en los municipios de Padilla, Jaumave, Palmillas, Ocampo, Llera, Casas, González, Bustamante, Cruillas, San Carlos, San Nicolás, Hidalgo, Villagrán, Mainero, Tula y Ocampo, de aquí al cuatro de julio próximo. Hay ropa, enseres domésticos, calzado, despensas y herramientas, nuevos y de muy buena calidad.

Por cierto, el Alcalde de Güémez, es el que más veces ha estado al frente de la presidencia municipal y por muchos partidos políticos, es más, acaba de reelegirse, quizá la clave de Morales Amaro, es estar cerca de la gente cuando más requiere del apoyo o ayuda de la autoridad municipal.