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RUBEN  DUEÑAS  ARIZMENDI

CIUDAD DE MÉXICO, 28 DE MAYO DE 2021.- La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, encabezada por el morenista Ignacio Mier Velazco, solicitó a la Mesa Directiva de San Lázaro una controversia constitucional en contra del Congreso del Estado de Tamaulipas por desacatar la resolución de desafuero del gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

El documento dirigido a la presidenta de la Cámara de Diputados, Dulce María Sauri Riancho, con fecha de este viernes 28 de mayo, firmado por el secretario de la Jucopo, José Omar Sánchez Molina, pide a la Corte que suspenda el acuerdo de la legislatura local que declara no procedente el desafuero del gobernador.

El proyecto de controversia constitucional en contra del congreso de Tamaulipas fue firmado de recibido por la Mesa Directiva.

Este mismo viernes circuló al interior de la Cámara de Diputados otro borrador de solicitud formal de la presidencia de la Mesa Directiva para presentar una demanda de controversia constitucional en contra del congreso de Tamaulipas por presuntamente desacatar la resolución de desafuero del gobernador del PAN, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

En el documento dirigido al ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, se le pide que suspenda el acuerdo de la legislatura local que declara no procedente el desafuero del gobernador, también, en el que solicitan a los ministros que, “de manera prioritaria”, aborden el caso y finalmente declaren su invalidez.

El documento circulado señala que se violaron los preceptos constitucionales en los artículos 14, 16, 41, 49, 74, fracción V, 111, 116, 124 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Se argumenta con base en el Artículo 111 de la Constitución que, para proceder penalmente por delitos del orden federales contra los ejecutivos de las entidades federativas, se seguirá el mismo procedimiento establecido en este artículo, pero en este supuesto, la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las legislaturas locales, llevándose a cabo dentro de lo establecido por la Cámara de Diputados y no del congreso de Tamaulipas.

Debe precisarse que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido que las Cámaras de Diputados y de Senadores, como Órganos que conforman el H. Congreso de la Unión, pueden promover aisladamente una Controversia Constitucional en defensa del pacto federal y de las atribuciones del Congreso de la Unión, sin la anuencia o participación de la otra Cámara”, argumenta en la solicitud.

Enfatiza que la Cámara de Diputados es la única encargada de declarar por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si se proceder contra el inculpado para la solicitud de desafuero.

Advierte que las declaraciones y resoluciones de la Cámara de Diputados y Senadores son inatacables.

En cuanto al Artículo 28 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, establecen que la Cámara de Diputados al declarar el juicio de procedencia, este quedará inmediatamente separado de su empleo, cargo a comisión y sujeto a la jurisdicción de los tribunales federales competentes.

El texto advierte que el congreso de Tamaulipas violentó el principio de jerarquía normativa del orden constitucional al no tener sustento normativo alguno para contravenir el orden constitucional, así como la determinación de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión erigida como jurado de procedencia.

La Constitución, la Ley Federal de Responsabilidad de los Servidores Públicos, o la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, no conceden al congreso estatal la facultad para realizar una homologación o un juicio de pertinencia respecto del retiro del fuero constitucional al Gobernador de dicha entidad, en relación a delitos federales”, señal