Tribunal deberá condenar al Gobierno de Tamaulipas a pagar prima de antigüedad a maestra
POR DAVID ZARATE CRUZ
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Gobierno del Estado de Tamaulipas deberá pagar la prima de antigüedad a una maestra, ya que mediante la ejecutoria 1480/2015 el Poder Judicial Federal, le otorgó amparo en contra del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), al haberse violentado las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.
El Magistrado Samuel Meraz Lares, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito, determino que, no se concuerda con el Tcatsem, en el sentido de que el periodo de prestación de servicios del uno de marzo de 2004 al 31 de marzo de 2014, la actora, no reunió los requisitos de ley a efecto de que se le pague la prima de antigüedad, al estimar que no cumplió con el plazo de diez años para que resultara procedente, al afirmar que aquél sólo comprende nueve años once meses.
El primero de diciembre del 2’15, una maestra acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en contra del Tcatsem, por Laudo de veintisiete de octubre de dos mil quince, dictado dentro del expediente laboral 567/E/2014, el cual considero violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, iniciándose el juicio de amparo 1480/215.
Mediante escrito de once de agosto de dos mil catorce, la maestra demandó ante el Tcatsem la Secretaría de Educación de Tamaulipas (SET); el pago de la prima de antigüedad y como hechos sustento de su reclamo hizo saber que, el uno de noviembre de 1978, inició a trabajar para la demandada como maestra frente a grupo, de manera ininterrumpida hasta el 31 de marzo de 2014, en que causó baja por jubilación; que en esa ocasión percibía un sueldo quincenal de quince mil ochocientos setenta y tres pesos.
Al producir contestación el Gobierno del Estado, quien asumió la responsabilidad atribuida a la SET, suscitó controversia en torno a la antigüedad señalada por la actora, precisando que ésta pudo haber laborado para el Gobierno Federal antes del 22 de mayo de 1992; el Tribunal Laboral, emite el Laudo, absolviendo a la SET de pagar a la maestra la prima de antigüedad, ante lo cual la afectada recurre al juicio de amparo.
El Magistrado Samuel Meraz Lares, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, se desprende que del 1 de marzo de 20094 al 29 de febrero de 2014, la obrera cumplió con el plazo de 10 años de prestación de servicios, empero, como el vínculo laboral permaneció hasta el 31 y uno de marzo de 2014, en que se dio su baja por jubilación, se prestaron servicios como directora de nivel educativo básico por diez años un mes, contra lo expuesto por el Tcatsem, que ello ocurrió por nueve años once meses, .
El pleno judicial otorga el amparo, para que el Tcatsem, emita un nuevo laudo en el que, determine que la maestra reúne los requisitos establecidos en el artículo 27 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, y como consecuencia decrete condena al pago de prima de antigüedad por el plazo de diez años un mes, en la categoría de Directora de Escuela Primaria.