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Afores pueden ser reclamados por la vía legal: abogado laboralista

* Diputados federales deben legislar para castigar con cárcel a quienes retengan el dinero que es de los trabajadores

María de Jesús Cortez

A decir del abogado laboralista, Juan Carlos Ley Fong, los pensionados y jubilados del IMSS pueden proceder por la vía legal para que les entreguen el dinero que por Cesantía y Vejez tienen en Afores, además, hizo ver que los diputados federales deben intervenir legislando para castigar por la vía penal a los funcionarios de las AFORES, IMSS, ISSSTE e INFONAVIT que no regresen ese recurso.

Al abordar el tema de las protestas que estos ex trabajadores han realizado afuera de las oficinas del SAT, el experto en la ley en la rama laboral explicó que los afectados tienen que demandar, pero tiene que haber voluntad de las autoridades para reintegrar esas cantidades que le corresponde a los trabajadores y que es dinero que está guardado en los bancos.

“Es un dinero que pertenece a los trabajadores, es como si fueras al banco y no te lo quisieran dar, no hay motivo, debemos exigir también a los legisladores que se legisle creando un delito para estos funcionarios de las AFORES del Seguro Social, ISSSTE e INFONAVIT para que cuando no te quieran regresar el dinero se les imponga una sanción ya sea multa o prisión porque es falta de voluntad”, detalló Ley Fong.

“Lo que pasa es que la AFORE argumenta que el dinero no lo manejan ellos después de las pensiones lo pasan a la tesorería de la Federación y ésta no lo reintegra pero si demandan es seguro que se los vayan a reintegrar”, aseveró.

Sin embargo, Juan Carlos señaló que muchos pensionados para evitarse ese tipo de trámites y situaciones desagradables no demandan y dejan ahí el dinero guardado de toda la vida.

Antes, había veces que en las Juntas de Conciliación recibían hasta 30 demandas diarias y en la mayoría de las Juntas hay más de 2 mil demandas únicamente de Seguridad Social, desde el 2009 y no ha bajado.

“Estas dependencias de Seguridad Social cuando el trabajador se pensiona deberían de regresar unas cantidades que no se utilizan para la pensión, el INFONAVIT, cuando no se pidió el crédito, el SAR 92, el SAR 97, las subcuentas que no se utilizan le pertenecen al trabajador no al patrón ni a los gobiernos, yo pienso que es mucho dinero de los trabajadores, pero es dinero virtual que traen en otros lados y lo que tardan en reintegrarlo es lo que prohíbe que las dependencias de seguridad social lo devuelvan”, añadió.

Informó que esto no prescribe para beneficio de los trabajadores, pues antes tenían hasta 10 años para reclamarlo, y si no lo reclamaban en ese tiempo sólo les regresaban el importe de un salario mínimo, pero se modificó por criterio de la corte, que es imprescriptible.

“Que se vayan por la vía legal, la Corte creó jurisprudencia para la devolución y dijo para estos casos el INFONAVIT es autoridad y los jueces de Distritos van a requerirlos para que en el improrrogable termino de 10 días le regresen el dinero y no pudieron, se saturaron los juicios de amparo de los Juzgados de Distrito; entonces, esa jurisprudencia quedó sin efecto y ahora lo tienen que hacer por vía moral ante la Junta Especial que corresponde a la Federal de Conciliación y Arbitraje”.