Denuncian a Alito Moreno por violencia política de género y piden su destitución inmediata
La secretaría general del PRI en Tamaulipas, Mayra Ojeda, presentó la querella ante el Tribunal Electoral por vulnerar sus derechos políticos durante incapacidad de embarazo
La secretaria general del PRI en Tamaulipas, Mayra Ojeda, denunció ante el Tribunal Electoral del Estado y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al presidente nacional de este organismo político Alejandro (Alito) Moreno Cárdenas por violencia política de género.
Lo acusa de aprovecharse de su incapacidad por embarazo, para buscar removerla del cargo que hoy ostenta y no solo eso, también llevó a cabo de manera arbitraria el nombramiento de un nuevo presidente en Tamaulipas, tras la salida de Edgardo Melhem.
Está es la primera denuncia por violencia de género que se interpone en contra de un líder nacional de partido, por lo tanto, Mayra Ojeda ha solicitado ante estás instancias su inhabilitación como dirigente partido tricolor y como servidor público, para que no pueda violentar más a ninguna mujer en materia política.
Asimismo, pide que se restituyan sus derechos partidistas y pueda ejercer sus funciones como Presidenta legítima de PRI en Tamaulipas tal y como lo marcan los estatutos, habiendo antecedentes como el caso de la ex diputada Aida Zulema quien subió a la presidencia ante la renuncia del entonces presidente Rafael González Benavides.
«Estos hechos, además de estar en contra de lo estipulado en los estatutos del PRI, constituyen con toda claridad actos de violencia política en razón de género hacia mi persona, por ser mujer y estar embarazada y así impedir por este motivo asumir la Presidencia Estatal».
Al día de hoy se encuentran radicados tres recursos de defensa de derechos políticos electorales en el Tribunal Electoral de Tamaulipas bajo los números de expedientes: TE-RDC-05/2023, TE-RDC-03/2023 y TE-RDC-01/2023 y se presentarán dos procedimientos más en el IETAM y en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El Artículo 179 de los estatutos del PRI establece que en ausencia definitiva de la persona titular de la Presidencia, el cargo lo ocupará la persona que ocupe la titularidad de la Secretaría General.
La también abogada Mayra Ojeda, explicó que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establece que, la violencia política contra las mujeres en razón de género, es toda acción que tenga por objeto menoscabar el ejercicio efectivo de sus derechos político-electorales, así como el acceso, al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo.
También establece como violencia política a quien discrimine a la mujer en el ejercicio de sus derechos políticos, por encontrarse en estado de embarazo, parto, puerperio, licencia por maternidad o de cualquier otra licencia justificada, de acuerdo a la normativa aplicable.