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Juez de NL niega amparo a «Makito»

Por Héctor Sandoval

El alcalde de Reynosa Carlos Peña Ortiz promovió el juicio de amparo ante Juez de Distrito de Nuevo León contra «la orden de comparecencia, presentación u orden de aprehensión y/o detención y/o cualquier acto privativo o restrictivo de libertad en contra del suscrito», dice el expediente.

El alcalde acusa el agravio en su contra «sin haberse observado los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediaci6n y aquellos previstos en la Constitución, Tratados y demás leyes; siendo con ello prejuzgado sin la presunción de inocencia que se instaura en el texto constitucional como una garantía individual a favor de toda persona, con base en la cual se exige que para toda autoridad y ante el procedimiento al que se le sujete, no se estimen verosímiles los cargos atribuidos al gobernado respecto a la comisión de delitos, salvo decisión contraria emitida por un tribunal competente, dentro de la observancia del debido proceso», pero el Juez Federal le negó la suspensión definitiva solicitada.

El alcalde pide protección de la justicia federal vs la orden de aprehensión en su contra por presuntos delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita dentro de la carpeta procesal CP/0017/2021 de la Fiscalía General de Justicia.

De acuerdo al expediente del juicio de amparo 562/2022 se difiere la audiencia para las diez horas con tres minutos del próximo diecinueve de julio de dos mil veintidós, para que tenga verificativo la misma.

¿DE QUE ACUSAN AL ALCALDE?

El alcalde de Reynosa Carlos «Makito» Peña tiene orden de aprehensión otorgada por el Juez de Control de la Tercera Región del Décimo Primer Distrito Judicial del Estado, con residencia en San Fernando, Tamaulipas, porque sin tener actividad lícita remunerada, o bien, ingresos con motivo de alguna sucesión, y siendo estudiante, cuenta con diversas cuentas bancarias en las que, se aprecia que en variadas ocasiones realiza operaciones por cantidades muy importantes de dinero, por ejemplo cuenta con depósitos que van de los $80,000.00 (ochenta mil pesos 00/100 moneda nacional) a los $17’568,742.07 (diecisiete millones quinientos sesenta y ocho mil setecientos cuarenta y dos pesos 07/100 moneda nacional), y se aprecia que realizó una compra de dólares por un monto de $903,670.00 (novecientos tres mil seiscientos setenta dólares 00/100 Moneda de los Estados Unidos de América).

La autoridades también describe un depósito recibido fue por el monto de $5’487,537.70 (cinco millones cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos treinta y siete pesos 70/100 moneda nacional), proveniente de una persona que ni siquiera estaba dada de alta ante el Registro Federal de Contribuyentes, pues se dio de alta más de un año después.

Además de que adquirió dos ranchos en el municipio de Cruillas, con un valor de $2’750,000.00 (dos millones setecientos cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional) y $1’750,000.00 (un millón setecientos cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional), respectivamente; al igual que se aprecia que es socio y gerente de una empresa ubicada en McAllen, Texas.

Del mismo modo, la autoridad señala que tuvo en consideración que el alcalde utiliza varios nombres, cuenta con diferentes actas y fechas de nacimiento registradas, diversos registros de Clave Única de Registro de la Población (CURP) y Registros Federal de Contribuyentes (RFC).

Según la autoridad, tiene la presunción del riesgo de fuga del alcalde por la elevada pena privativa de la libertad que le podría corresponder, que asciende hasta a quince años de prisión.