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Muertes en casa deben ser atendidas por la FGJE

*. Sector Salud interviene si es caso de Covid-19

María de Jesús Cortez

En caso de que alguna persona muera en su domicilio, familiares deben reportar el deceso al 91, informó Héctor Pérez Monsiváis, jefe de la Jurisdicción Sanitaria No. II quien añadió que sólo en casos de Covid-19 interviene Sector Salud.

Al hablar en entrevista sobre lo ocurrido en Ciudad Madero y Altamira, en donde los cuerpos de personas fallecidas permanecieron por mucho tiempo en sus casas, porque los servicios funerarios no iban, la autoridad sanitaria señaló que es la Fiscalía la que da fe y ellos se coordinan con el área de COEPRIS o la Jurisdicción Sanitaria para determinar quién va a ir certificar la defunción, y una vez que sea certificada se procede al trámite funeral.

Dijo que esta dependencia no tiene un registro como tal de que hayan tardado para ir a recoger los cuerpos, pero acepta que sí les ha tocado ir a realizar en certificado de defunción, y avisan a la autoridad competente cuando está listo, pero ya no le dan seguimiento.

Pérez Monsiváis dejó en claro que si muere una persona en casa los familiares deben llamar al 911 y estos lo canalizan a la Fiscalía y esa dependencia se comunica con el personal de la Jurisdicción Sanitaria o ellos mismos hacen con sus médicos legistas el trámite.

Manifestó que esto aplica para todos los casos en que fallezca una persona en casa,  otro actualmente se habla de COVID, con algún otro diagnóstico de defunción y la institución va y certifica o el médico tratante va y certifica.