Tamaulipas

Niegan amparo al Gobierno de Tamaulipas, deberá inscribir a maestro al Ipsset

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Gobierno del Estado de Tamaulipas deberá de inscribir y pagar desde el 1 de enero del 2009, las cuotas ante el Instituto de Previsión y Seguridad Social (Ipsset) a un maestro de español, ya que mediante la ejecutoria 815/2016 el Poder Judicial Federal le negó el amparo en contra del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem) por infundados sus argumentos.

El Magistrado Ricardo Guevara Jiménez, del Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con sede en Culiacán, Sinaloa, determino que, en el laudo reclamado el tribunal responsable se pronunció sobre las pruebas anteriores y determinó que las inspección oculares no beneficiaban al Gobierno del Estado, porque no se desprendía que el trabajador era empleado federal; y argumentó que de las certificaciones secretariales tampoco se desprendía el carácter de empleado federal.

El 30 de agosto del 2016, el Gobierno del Estado de Tamaulipas acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, presentando demanda en contra del Tcatsem por el Laudo de quince de julio de dos mil dieciséis, dictado dentro del expediente laboral 37/E/2015, considerándolo violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, iniciándose el juicio de amparo 815/2016.

En el juicio laboral de origen el trabajador, demandó entre otras cosas, al Gobierno del Estado y al Ipsset, la inscripción retroactiva y el pago de las cuotas correspondientes a dieciocho horas semanales frente a grupo, a partir del 1 de enero de 2009, más las generadas durante la tramitación del juicio; asimismo y reclamó la normalización ante el Instituto demandado del servicio de seguridad social, como docente frente a grupo adscrito a la Escuela Secundaria Técnica Número “39” “Nicolás Bravo”, de Ciudad Reynosa.

El quince de julio de dos mil dieciséis, se dictó el laudo condenando al Gobierno del Estado a la inscripción retroactiva y pago de cuotas al Ipsset, ante lo cual la Administración Estatal recurre al juicio de amparo; por acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el expediente fue enviado al Centro Auxiliar de la Quinta Región, con sede en Culiacán, Sinaloa.

El Magistrado Ricardo Guevara Jiménez, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, es infundado el argumento de la Gubernatura, pues en las inspecciones oculares que obran agregadas a los autos del juicio laboral, del 13 de agosto de 2015 y el 14 de marzo de 2016; de forma expresa el fedatario manifestó que de los recibos de pago inspeccionados ocularmente se desprendía la existencia del descuento por el concepto “02”, pero no se describía a qué correspondía dicho concepto.

Esto es, se asentó la existencia del descuento por el concepto, pero sin especificar a qué correspondía el concepto, por lo que al ser ineficaces los conceptos de violación, propuso negar el amparo, lo cual fue aprobado por el pleno judicial, devolviéndose el expediente al Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en esta capital.