POLÍTICA

Por votación unánime de los magistrados del TEPJF, validan la elección de Américo Villarreal

* Las irregularidades acreditadas no fueron de la entidad suficiente para concluir que la elección está viciada de modo irreparable, pues tienen impacto decisivo en los principios y valores que deben salvaguardarse.

Por Agustín Peña Cruz

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), válida la elección de Américo Villarreal Anaya, luego de que se consideró que los medios de prueba no fueron suficientes para generalizar la participación del crimen organizado como en particular estaba centrada dicha impugnación por parte del Partido Acción Nacional, y donde se resaltó el caso anterior del año pasado con la elección en Michoacán.

Por lo que, el proyecto de sentencia SUP-JRC-101/2022 del magistrado ponente, José Luis Vargas Valdez resolvieron modificar la sentencia contravenida, para quedar en los términos de la ejecutoria; por lo que se confirma el cómputo estatal, la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría y recomendación al INE, expedida a favor de Américo Villareal Anaya además de notificar que al derecho corresponde.

Cabe destacar que los magistrados resaltaron, que no se comprobó el financiamiento del crimen organizado en la elección del candidato a gobernador, Américo Villarreal en Tamaulipas así mismo retomaron el caso de Michoacán, el cual fue celebrado el año pasado en septiembre por la sala del Poder Judicial de la Federación, además de que los medios de pruebas versaron en medios de comunicación.

Así mismo, la magistrada Janine M. Otálora Malassis y magistrados, consideraron emitir recomendaciones, vinculando al Instituto Nacional Electoral (INE) para que servidores públicos no participen en las elecciones tanto como consejeros y representantes al momento de los sufragios. Toda vez que se giró en “presunción”, señalando pocas personas que habrían participado en casillas, de las cuales se indica que fueron servidores públicos.

Por otra parte, que el INE genere los mecanismos con un plazo razonable de 30 días, los protocolos necesarios para garantizar las elecciones; Otálora Malassis, resalta que el sentido de hacer otro estudio que lleve a un estudio de hacer una conclusión grave; no compartió el estudio que se presentó, porque no se acredito que los servidores públicos hayan sido, aunque no son altos mandos y mandos medios; pero son los que tienen cercanía con la ciudadanía, que conocen a la población y van de puerta en puerta, que identifica a la ciudadanía. “Por lo que en opinión en particular pudiera inhibir la participación democrática”, siendo voto concurrente, indica la magistrada.

Los magistrados recordaron, la resolución entorno al Estado de Michoacán y en el caso en concreto en Tamaulipas; donde hacen planteamientos señalando participación personas vinculadas a la criminalidad pero que no fueron hechos generalizados por lo que se garantiza la voluntad de la ciudadanía que participó y ejerció su derecho fundamental al voto en la elección.

Por lo que las irregularidades acreditadas no fueron de la entidad suficiente para concluir que la elección está viciada de modo irreparable, pues tienen impacto decisivo en los principios y valores que deben salvaguardarse, como indicaba el planteamiento de la propuesta de sentencia ofrecida por el magistrado ponente, José Luis Vargas Valdez.