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Publicidad, promoción y campañas

Gaceta.

Por: Raúl Terrazas Barraza

Publicidad, promoción y campañas

Desde que comenzaron las campañas proselitistas de los tres candidatos a gubernatura de la entidad, hay negocios que no se dan abasto para atender la demanda de artículos promocionales, como gorras, camisetas, camisas, bandas de pelo, paliacates, delantales, pañuelos, bolsas de tela, pulseras, pines, vasos, jarras, utensilios de cocina y desde luego las banderas, banderines, lonas, carteles, pegotes para ventanas de vehículos y mayas con imágenes o leyendas de quienes andan tras el voto de más de dos millones 700 mil tamaulipecos que se supone acudirán a las urnas el cinco de junio que viene.

Los negocios de referencia hace su agosto en marzo y abril, aunque los seguirán hasta el mes de mayo, porque ya en junio no se puede entregar ningún tipo de publicidad que sirva para la promoción de los candidatos, así que, en cuestión de precios lógico tomaron sus precauciones, porque en estos tres meses deben de sacarlos gastos de operación de sus talleres por todo el año, con la ventaja de que los organizadores, operadores y ejecutores de las campañas proselitistas no escatiman la cuantía de la inversión que requieren para poner a sus candidatos cerca de los ciudadanos, cosa que se logra con la publicidad y la promoción.

La semana en la cual comenzaron las campañas ya las máquinas de los negocios que hacen artículos promocionales y publicidad trabajaban sin cesar, a marcha forzadas y con un alto grado de productividad, no era válido que se descompusieran por eso desde días previos al inicio de la carga de trabajo, los propietarios llevaron a cabo todo tipo de mantenimientos, porque no querían que, a la hora de sacar miles de productos y artículos, por alguna razón no funcionaran.

El listado de los vehículos que son tapizados con imágenes y logotipos de los candidatos, sus partidos y las campañas es muy largo en los negocios que tienen este tipo de servicio y aunque el costo varía de acuerdo al tamaño de la unidad, el promedio alcanza los 10 mil pesos, aunque no es ni la inversión requerida y mucho menos la colocación de las calcas, sino su elaboración porque deben de pasar por maquinas especiales para el formato y la impresión de cada parte, es decir, el cofre, las salpicaderas, puertas, laterales o la parte trasera.

En dado caso de que un simpatizante de cualquier candidato decidiera colaborar con él y determina tapizar su vehículo en apoyo a las campaña, lógico es que debe de acudir al negocio especializado en ese tipo de servicio, sin embargo, se encontrará con la novedad de que, podrían darle cita a su unidad hasta dentro de un mes, fecha para la cual ya ni conveniente sería el tapiz, porque solo lo usaría dos semanas de la campaña, así que, aquello que se enlistó ya se enlistó y cualquier espontaneidad publicitaria, ya no se alcanza realizar.

Esta situación no es privativa de los negocios de publicidad y elaboración de promocionales que existe, sucede en todas las ciudades de Tamaulipas y no se diga en negocios de la zona conurbada de Monterrey, en el vecino estado de Nuevo León, también hay información en el sentido de que mucha publicidad se hace en la capital del país, porque fue ordenada por los comités nacionales de los partidos políticos y llega a diario para ser entregada en camiones de carga.

La ciudad de Saltillo en Coahuila y la de San Luis Potosí en la vecina entidad del poniente de Tamaulipas, los negocios que elaboran artículos promocionales en los que se incluyen hasta llaveros, también tienen mercancía ordenada desde los comités de campaña que desarrollan acciones proselitistas para la sucesión gubernamental, cuya votación y elección del nuevo titular del Poder Ejecutivo, se llevará a cabo el cinco de junio próximo.

El Título Cuarto de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, LEET, precisa en el Artículo 239 del Capítulo Único, que la campaña electoral es el conjunto de actividades llevadas a cabo por los partidos políticos, las coaliciones, las candidatas y candidatos registrados para la obtención del voto.

Los actos de campaña son las reuniones públicas, asambleas, marchas y, en general, aquellos en que los candidatos y candidatas, dirigentes y militantes de los partidos políticos o coaliciones se dirigen al electorado para promover sus candidaturas con el objeto de obtener el voto ciudadano.

En tanto la propaganda electoral, el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que, durante la campaña electoral, producen y difunden los partidos políticos, las coaliciones, las candidatas y los candidatos registrados y sus militantes y simpatizantes respectivos, con el propósito de manifestar y promover el apoyo o rechazo a alguna candidatura, partidos políticos o coaliciones, a la ciudadanía en general.

Tanto la propaganda electoral como las actividades de campaña a que se refiere el Artículo 239, deben propiciar la exposición, desarrollo y discusión ante el electorado de los programas y acciones fijados por los partidos políticos, candidatas y candidatos en sus documentos básicos y, particularmente, en la plataforma electoral que, para la elección en cuestión hubieren registrado.

Por otro lado, el Artículo 240, indica que, quedará prohibida la distribución o colocación de la propaganda electoral dentro de los tres días antes de la jornada electoral.

Otro Artículo el 242 dice sobre la propaganda y las actividades de campaña que, los gastos que realicen los partidos políticos, las coaliciones, sus candidatos y candidatas, así como los candidatos y candidatas independientes no podrán rebasar los topes que para cada elección acuerde el Consejo General Electoral.