Tamaulipas

Tribunal Electoral del PJF da garrote al PAN-Tamaulipas; habrá 5 magistrados electorales

Javier Terrazas 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió desechar por improcedente, debido a la falta de personería de quien la promueve, la impugnación del Partido Acción Nacional para reducir de 5 a 3 el número de integrantes del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas.

La resolución del alto cuerpo colegiado  del pasado 14 de noviembre cuando el pleno sesionó de manera no presencial es contundente y concreta «Se desecha de plano la demanda del presente medio de impugnación».

Previamente se acreditó la competencia para atender el caso., toda vez que corresponde a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación conocer de las impugnaciones  relacionadas con la integración de las autoridades electorales de las entidades federativas.

Se precisa que el medio de impugnación es improcedente, conforme a lo previsto en el artículo 10, párrafo 1, inciso c), en relación con lo dispuesto en el diverso 13, apartado 1 inciso a), fracción I del artículo 45, de la Ley de Medios, debido a que se actualiza la causal de improcedencia consistente en la falta de personería de quien lo promueve.

Y se argumenta «En efecto, la legitimación procesal activa consiste en la aptitud o circunstancia especial que la ley otorga a una persona para ser parte, en calidad de demandante, en un juicio o proceso determinado. En este orden de ideas, de acuerdo con el 13 de esa misma legislación, los partidos políticos únicamente podrán interponer los medios de impugnación a través de sus representantes legítimos».

Y sostiene que  «el artículo 13, párrafo 1, inciso a), fracción I, de la citada ley procesal, define a los representantes legítimos como aquellos que se encuentren registrados formalmente ante el órgano electoral responsable que haya emitido el acto impugnado. Al respecto, dicho dispositivo establece que los representantes solamente podrán actuar ante el órgano en el cual se encuentren acreditados».

Se subraya que «En el caso concreto, Alejandro de Jesús Martínez Ledesma se ostenta como representante del PAN ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Tamaulipas, quien se encuentra facultado exclusivamente para promover medios de impugnación en representación del PAN respecto de aquellos actos del Instituto Electoral del Estado de Tamaulipas que pudieran afectar los intereses del partido».

Asimismo, se indica que,» en la especie, el promovente señala como acto reclamado la convocatoria pública “para ocupar los cargos de Magistrada o Magistrado de los órganos jurisdiccionales locales en materia electoral de los estados de Aguascalientes, Baja California, Tamaulipas y Zacatecas”, emitida por la Junta de Coordinación Política del Senado de la República»

Y enfatiza que «En ese sentido, es evidente que el promovente no tiene personería para combatir a nombre del PAN la referida convocatoria, toda vez que no la emitió el Instituto Electoral del Estado de Tamaulipas, sino la Junta de Coordinación Política del Senado de la República».

EL RESOLUTIVO

ÚNICO. Se desecha de plano la demanda del presente medio de impugnación.

NOTIFÍQUESE, como corresponda en términos de ley. En su oportunidad, devuélvase los documentos atinentes y archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Así, por unanimidad de votos, lo resolvieron las Magistradas y los Magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal  Electoral del Poder Judicial de la Federación, en tanto que el Secretario General de Acuerdos autoriza y da fe que la presente resolución se firma de manera electrónica.

Participaron en la sesión los Magistrados Presidente José Luis Vargas Valdez,  Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Alfredo Fuentes Barrera,  Indalfer Infante Gonzales, Janine M. Otálora Malassis, Reyes Rodríguez Mondragón, Mónica Aralí Soto Fregoso, y el secretario General de Acuerdos Rolando Villafuerte Castellanos.

Cabe señalar que previamente, el Congreso del Estado de Tamaulipas de mayoría panista, que preside el Diputado Local Plurinominal panista, Gerardo Peña Flores, el 26 de octubre realizó una reforma a la Constitución Política del Estado de Tamaulipas con el fin de reducir de cinco a tres las magistraturas del Tribunal Electoral local; de acuerdo con el artículo primero transitorio, la reforma entrará en vigor al día siguiente al en que termine el proceso electoral 2020- 2021.

Asimismo, de conformidad con el artículo segundo transitorio, las magistraturas que fueron nombradas el diecinueve de noviembre de dos mil quince por cinco años, terminarán encargo, y en el supuesto de que el Senado de la República emitiera una convocatoria para sustituir a quienes terminan su encargo en noviembre del presente año, sería únicamente para que las personas designadas duren en su encargo hasta la entrada en vigor del decreto.

Asimismo se resalta que el veintiocho de octubre, la Junta de Coordinación Política del Senado de la República emitió convocatoria pública “para ocupar los cargos de Magistrada o Magistrado de los órganos jurisdiccionales locales en materia electoral de los estados de Aguascalientes, Baja California, Tamaulipas y Zacatecas”; de conformidad con la base décima primera, el nombramiento será por un periodo de siete años.

El trámite y la sustanciación del caso,  se acordó integrarlo en el expediente SUP-JE-74/2020 y turnarlo a la ponencia de la Magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso.