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Acaba Congreso el “cacicazgo” de Blanca Valles.

*Los diputados Locales aprobaron recientemente una reforma al Artículo 71 Bis de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos de Tamaulipas, que prohíbe la reelección de dirigentes sindicales, lo que permitirá al Sindicato de los Burócratas del Estado acabar con el cacicazgo de Blanca Valles.

*El más grave señalamiento en contra de Blanca Valles, es su complicidad en el desfalco multimillonario provocado al IPSSET, lo que afecta directamente a la base trabajadora y a los Pensionados y Jubilados del Sindicato,

Cd. Victoria, Tam. – El Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Tamaulipas deberá entrar en un proceso de renovación de su dirigencia sindical y luego de 29 años al frente de la Secretaría General del SUTSPET, Blanca Guadalupe Valles Rodríguez no podrá aspirar una nueva reelección, tras aprobarse una reforma constitucional a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos de Tamaulipas.

El Congreso del Estado aprobó recientemente una reforma al Artículo 71 Bis de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos de Tamaulipas, que prohíbe la reelección de dirigentes sindicales, lo que permitirá al Sindicato de los Burócratas del Estado acabar con el cacicazgo de Blanca Valles.

Tras la reforma aprobada en el Congreso local al menos media docena de aspirantes a la dirigencia del SUTSPET han manifestado sus intenciones de buscar la Secretaría General del Sindicato y todos coinciden en sus señalamientos hacia Blanca Valles a quien acusan por actos de corrupción y falta de transparencia en el manejo del Sindicato.

El más grave señalamiento en contra de Blanca Valles, es su complicidad en el desfalco multimillonario provocado al IPSSET, lo que afecta directamente a la base trabajadora y a los Pensionados y Jubilados del Sindicato, sin que la propia dirigente haya alzado la voz en su momento ante tan grave irregularidad de las autoridades gubernamentales.

El Decreto 65-516 que expidió la 65 Legislatura del Congreso del Estado garantiza el voto personal, libre, directo y secreto de los trabajadores sindicalizados.

«El periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido o de una temporalidad tal que obstaculice la participación democrática de los afiliados, y tampoco podrá ser lesivo al derecho de votar y ser votado. Las elecciones que incumplan estos requisitos serán nulas», señala.