Tamaulipas

El ITAIT emite resolución sin fundar, ni motivar: Juzgado otorga amparo a ciudadano

POR DAVID ZARATE CRUZ

Tamaulipas (ITAIT),  violo las garantías de seguridad jurídica y debido proceso a un ciudadano, al emitir una resolución sin señalar fehacientemente en que artículo de ley se basó y por qué motivo, por lo que mediante la sentencia 1049/2017 EL Poder Judicial Federal otorgó el amparo a fin de que emita una nueva fundada y motivada.

El Juez José Guerrero Durán, del Juzgado Segundo de Distrito, resolvió el 14 de4 diciembre “visto el estado de autos y la certificación de cuenta, se advierte que hasta la fecha las partes interesadas, no se inconformaron con el auto de 16 de noviembre de 2017, que tuvo por cumplida la ejecutoria de amparo; en consecuencia, con fundamento en el párrafo tercero del artículo 196 de la Ley de Amparo, se tiene por consentido dicho proveído. En su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido”.

El 29 de mayo, un ciudadano acudió ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en contra del ITAIT, por la resolución 61/2017 del 19 de abril del 2017, en el expediente RR7047/2017/RST, el cual considero como violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, contempladas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal.

Se presume que el ciudadano, presento un recurso de revisión en contra de una dependencia, al considerar que la misma no le respondió conforme a derecho un escrito solicitándole información pública, y una vez desarrollado todo el proceso administrativo de ley, el ITAIT, emite la resolución respectiva, la cual considero como insatisfactoria y violatoria de las garantías constitucionales concretas de fundamentación y motivación, ante lo cual recurre al juicio de amparo.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo, para que el ITAIT emita una nueva resolución la cual sea fundada y motivada debidamente en el cuadernillo de incidentes 2017 y la número 61/2017, la cual sea notificada al demandante; el 8 de noviembre el organismo estatal envía al órgano judicial las pruebas del acatamiento, mismas que fueron analizadas, posteriormente se dio por cumplida.