POLÍTICATamaulipas

Niegan amparo al IMSS

*Deberá pagar 137 mil pesos por pensión de invalidez. El Juez señalo que, contrario a lo alegado por el IMSS, se observa que la Junta responsable señaló que las operaciones se hacían de acuerdo a lo establecido en el artículo 167 de la abrogada Ley del Seguro Social

POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá pagar a un ciudadano 137 mil 902 pesos, por mensualidades de pensión de invalidez definitiva, asignaciones familiares y aguinaldos, más la que se siga generando hasta el total cumplimiento de la resolución, ya que mediante la sentencia 608/2016 el Poder Judicial Federal le negó el amparo en contra de la Junta Especial Número 60 de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA).

El Juez Rogelio Josué Martínez Jasso, del Juzgado Séptimo de Distrito, determino que, si lo que quiso expresar el IMSS es que el acto reclamado se encontraba inadecuadamente fundado, debía entonces señalar las disposiciones legales que fundaron el acto y destacar porqué éstas no eran aplicables sino otras, debiendo exponer las razones de una indebida fundamentación, si así lo estimare; de no ser así, los conceptos resultarían ambiguos y superficiales.

El IMSS acudió ante el Poder Judicial Federal en Ciudad Reynosa, el dos de agosto del 2016, para presentar demanda en contra de la Junta Especial Número 60 de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), por resolución incidental de liquidación de doce de julio de dos mil dieciséis, considerándola violatoria de las garantías de seguridad jurídica, iniciándose el juicio de amparo 608/2016.

El Juez señalo que, contrario a lo alegado por el IMSS, se observa que la Junta responsable señaló que las operaciones se hacían de acuerdo a lo establecido en el artículo 167 de la abrogada Ley del Seguro Social,  y alude a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con base en las consultas a las páginas virtuales de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos; además señaló con detalle, las operaciones aritméticas a través de las cuales obtuvo cantidades relativas a la cuantificación del incidente de liquidación de laudo.

Luego, al resultar por infundados e inoperantes los conceptos de violación expuestos por el IMSS, sin que en su favor opere la institución de la suplencia de la queja deficiente,  el Juzgado emite la sentencia negando el amparo, por lo que la JFCA deberá de obligarlo a cumplir con el pago, utilizando todos los medios legales a su alcance, establecidos en la Ley Federal del Trabajo.